viernes, 6 de abril de 2018

Pleno Extraordinario Urgente del 6 de Abril de 2018

El pleno empezó a las 20:00 horas con el siguiente orden del día:

-  Pronunciamiento del Pleno sobra la urgencia de la convocatoria.

Para dirigirnos contra los cómplices de FOMENTO teníamos que ampliar el poder (fecha límite el 12 de abril) por lo que el Pleno del Ayuntamiento debía aprobar con urgencia: 

Interponer una querella contra D. HUMBERTO MANUEL LOPEZ SILVARREY, mayor de edad, con D.N.I. 32402396, en su calidad de administrador único de la sociedad “Grupo Madrid Arquitectura e Inversión, S.L., y contra D. FRANCISCO VICENTE ALCALA PORTALES, mayor de edad, con D.N.I. 5418782M, en su calidad de administrador único de la sociedad “Fomento del Ocio, S.A.”, ambos, por la posible comisión de un delito FRUSTRACIÓN PARA LA EJECUCIÓN y por la posible comisión de un delito de insolvencia punible. 

También contra GRUPO MADRID ARQUITECTURA E INVERSIÓN, S.L. por la responsabilidad recogida en el art. 31 bis.1.a), aplicándose el art. 258 ter para la frustración de la ejecución y el art. 261 bis del Código Penal.

Se facultó al Alcalde otorgar PODER ESPECIAL PARA PLEITOS a favor de los Abogados y Procuradores. 

-  Se aprobó el acta de la sesión anterior.

- Interposición de querella contra:

a) D. HUMBERTO MANUEL LÓPEZ SILVARREY, mayor de edad, con DNI 32402396, en su calidad de administrador único de la sociedad “Grupo Madrid Arquitectura e Inversión S.L.” y contra D. FRANCISCO VICENTE ALCALÁ PORTALES, mayor de edad, con DNI 5418782M, en su calidad de administrador único de la sociedad “Fomento del Ocio S.A”, ambos, por la posible comisión de un delito de FRUSTRACIÓN PARA LA EJECUCIÓN y por la posible comisión de un delito de insolvencia punible.

b) GRUPO MADRID ARQUITECTURA E INVERSIÓN S.L. por la responsabilidad recogida en el artículo 31 bis.1. a), aplicándose el artículo 258 ter para la frustración de la ejecución y el artículo 261 bis del Código Penal.

Y, en consecuencia, facultar al señor Alcalde para que pueda otorgar PODER ESPECIAL PARA PLEITOS a favor de los abogados y procuradores.

Se aprueba por unanimidad la interposición de la querella.

Y no habiendo más asuntos que tratar se cierra la sesión.